Guía

¿Hasta qué hora se puede hacer ruido en casa?

La respuesta corta: no existe una hora «libre» para hacer ruido. Lo que cambia con la noche es el límite, que baja mucho. Y el horario nocturno depende de tu ayuntamiento.

Actualizado el 13 de octubre de 2026 · 5 min de lectura

Información general, no asesoramiento jurídico. Cada caso y cada municipio tienen sus particularidades.

El mito de «hasta las diez se puede hacer ruido»

Es probablemente la frase más repetida en cualquier escalera: «hasta las diez puedo poner la música como quiera». No es verdad. Ninguna norma española dice que antes de cierta hora el ruido sea libre. Lo que hacen las ordenanzas es fijar límites distintos según el periodo del día: más permisivos de día y mucho más estrictos de noche.

Así que un vecino puede estar incumpliendo la ordenanza a las cinco de la tarde si el ruido que llega a tu casa supera el límite diurno. Y al revés: un ruido leve a las doce de la noche puede ser perfectamente legal si no pasa del límite nocturno.

Quién decide el horario nocturno

El ruido entre vecinos no lo regula directamente la Ley del Ruido estatal. Su artículo 2.2 excluye las actividades domésticas y los comportamientos vecinales «cuando el ruido producido se mantenga dentro de límites tolerables de conformidad con las ordenanzas municipales y los usos locales». Es decir, la norma que manda es la ordenanza de tu ayuntamiento.

Como punto de partida, la normativa estatal (Real Decreto 1513/2005) divide el día en tres periodos:

  • Día: de 7:00 a 19:00.
  • Tarde: de 19:00 a 23:00.
  • Noche: de 23:00 a 7:00.

Pero el mismo decreto permite que cada administración los adapte, y muchas lo hacen. València, Zaragoza, Bilbao o Alicante empiezan la noche a las 22:00 y la terminan a las 8:00. Madrid alarga la noche hasta las 8:00 los festivos. València va más allá: en las noches de viernes, sábados y vísperas de festivo el periodo nocturno se extiende hasta las 9:30.

Horario nocturno en las principales ciudades

Esta tabla resume el horario nocturno y el valor de referencia para el ruido que llega a un dormitorio desde otra vivienda o un local. Cada ciudad tiene su página con la ordenanza enlazada y los pasos para actuar.

Valores de referencia para ruido transmitido a un dormitorio, en dBA. Orientativos: comprueba siempre la ordenanza vigente.
CiudadHorario nocturnoDormitorio nocheDormitorio día
Madrid23:00 – 7:0025 dB30 dB
Barcelona23:00 – 7:0025 dB30 dB
València22:00 – 8:0030 dB40 dB
Sevilla23:00 – 7:0025 dB35 dB
Zaragoza22:00 – 8:0027 dB40 dB
Málaga23:00 – 7:0025 dB35 dB
Murcia23:00 – 7:0025 dB35 dB
Palma23:00 – 8:0025 dB35 dB
Las Palmas de Gran Canaria *22:00 – 8:0025 dB40 dB
Bilbao22:00 – 8:0025 dB35 dB
Alicante *22:00 – 8:0030 dB40 dB
Córdoba23:00 – 7:0025 dB35 dB
Valladolid23:00 – 8:0025 dB32 dB

* Pendiente de verificar con la ordenanza vigente.

Si tu municipio no aparece, busca «ordenanza ruido» junto al nombre de tu ayuntamiento. Si no tiene ordenanza propia, se aplica la ley autonómica de ruido, cuando existe, y en su defecto los valores del Real Decreto 1367/2007.

Qué cambia de noche

Dos cosas. La primera, el límite: el valor de referencia para un dormitorio suele bajar de 30–40 dBA de día a 25–30 dBA de noche. Para hacerte una idea, 25 dBA es menos que un susurro. En la práctica, si oyes con claridad la televisión o la conversación del vecino desde la cama a las dos de la madrugada, es muy probable que ese ruido supere el límite.

La segunda: muchas ordenanzas prohíben de noche conductas concretas aunque no se mida nada. Gritar o cantar en la vivienda, arrastrar muebles, hacer reformas o usar electrodomésticos ruidosos, poner la música alta o dejar a un perro ladrando de forma continuada en el balcón son ejemplos habituales. Esto es importante porque, en esos casos, la policía puede intervenir sin necesidad de sonómetro.

Los valores exactos y su forma de medirse los explicamos en decibelios permitidos de noche en una vivienda.

¿Y de día? Obras, mudanzas, niños y fiestas

Que sea de día no significa que todo valga. Algunos casos frecuentes:

  • Obras en una vivienda. Las ordenanzas suelen limitarlas a días laborables y a una franja diurna, y a veces prohíben los trabajos ruidosos a mediodía o los fines de semana. Mira la de tu municipio: es de los puntos que más cambian.
  • Mudanzas y carga y descarga. Suelen tener horario propio y está prohibido hacerlas de noche.
  • Niños jugando, pasos, una conversación. Son ruidos de convivencia normales. Otra cosa es que el edificio tenga mal aislamiento: entonces el problema es de construcción y no de comportamiento, y conviene enfocarlo de otra forma.
  • Fiestas en casa. Una fiesta a las seis de la tarde con la música a todo volumen puede superar el límite diurno igual que una a las tres de la madrugada supera el nocturno. La diferencia es que de noche el margen es mucho menor.

Los estatutos de la comunidad también cuentan

Además de la ordenanza, tu comunidad de propietarios puede tener estatutos o normas de régimen interior que regulen horarios de silencio, el uso de zonas comunes o la piscina. No pueden permitir lo que la ordenanza prohíbe, pero sí pueden ser más exigentes. Y el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal prohíbe tanto al propietario como al ocupante las actividades prohibidas en los estatutos o que contravengan las normas sobre actividades molestas. Lo contamos en la guía de la carta al administrador de la comunidad.

Qué hacer si tu vecino no respeta el horario

  1. Habla con él o déjale una nota. A menudo no sabe cuánto se oye. Tienes un modelo de carta.
  2. Anota las molestias: día, hora de inicio y de fin, qué se oye y desde qué habitación. Varias noches documentadas pesan mucho más que una queja suelta.
  3. Si ocurre de noche, llama a la Policía Local en ese momento y pide que quede constancia. Mira cómo llamar a la policía por ruido.
  4. Si se repite, avisa a la comunidad y presenta una denuncia en el ayuntamiento. Está todo en cómo denunciar el ruido de los vecinos.

Preguntas frecuentes

¿Se puede hacer ruido hasta las 22:00?

No. No hay ninguna hora antes de la cual el ruido sea libre. De día también hay límites, solo que son más altos que los nocturnos.

¿Cuál es el horario nocturno en España?

La normativa estatal lo sitúa de 23:00 a 7:00, pero cada ayuntamiento puede cambiarlo. En València, Zaragoza, Bilbao o Alicante va de 22:00 a 8:00, por ejemplo.

¿Puede mi comunidad fijar un horario de silencio más estricto?

Sí, a través de los estatutos o de las normas de régimen interior, siempre que no contradigan la ordenanza. Lo que no pueden es permitir lo que la ordenanza prohíbe.

¿Y los fines de semana?

Depende de la ciudad. Algunas ordenanzas alargan el periodo nocturno los festivos o los fines de semana, como Madrid (festivos hasta las 8:00) o València (viernes, sábados y vísperas hasta las 9:30).

Fuentes oficiales

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Normativa de ruido por ciudad