Comunitat Valenciana

Ruido de vecinos en Alicante: horario, decibelios y cómo denunciar

Alicante está en plena renovación de su ordenanza de ruido. Mientras tanto, la referencia más segura es la ley valenciana de contaminación acústica. Te explicamos sus valores y cómo actuar.

Actualizado el 13 de octubre de 2026

Verifica la ordenanza vigente. Alicante está renovando su ordenanza de ruido (aprobación inicial en 2023). Mientras no confirmemos el texto definitivo en vigor, tomamos como referencia la Ley 7/2002 de la Generalitat Valenciana. Comprueba en el Ayuntamiento qué norma aplica.

Horario nocturno
22:00 – 8:00
Dormitorio, noche
30 dBAreferencia de ruido transmitido
Dormitorio, día
40 dBAreferencia de ruido transmitido
Policía Local
092 o 112emergencias: 112

Qué norma se aplica en Alicante

El ruido entre vecinos no lo regula directamente la Ley del Ruido estatal: su artículo 2.2 lo deja en manos de las ordenanzas municipales y de los usos locales. En Alicante la referencia es Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de protección contra la contaminación acústica (Ley 7/2002 GV, con ordenanza municipal nueva en tramitación).

La Ley 7/2002 de la Generalitat Valenciana fija para el ruido transmitido a un dormitorio una referencia de 30 dBA de noche y 40 dBA de día, con un periodo nocturno de 22:00 a 8:00. Son los mismos valores que usa València.

El Ayuntamiento de Alicante aprobó inicialmente en 2023 una nueva ordenanza de protección contra la contaminación acústica que sustituye a la de principios de los noventa. Antes de presentar un escrito, consulta en el Ayuntamiento si ya está en vigor y qué valores recoge.

Los valores de esta página se refieren al ruido que llega a un dormitorio desde fuera de la vivienda (de otra casa, de un local o de una instalación). Para las estancias como el salón suelen ser algo más altos. Son límites que se comprueban con un sonómetro homologado, con las ventanas cerradas y siguiendo el procedimiento de la ordenanza; por eso aquí los llamamos de referencia.

No confundas estos límites con el «30 dB de noche» que aparece en muchas webs: ese valor es un objetivo de calidad acústica del Real Decreto 1367/2007 (Anexo II, Tabla B), no un límite que se pueda exigir a un vecino. El límite de ruido transmitido del mismo decreto es de 25 dBA de noche en dormitorios (Anexo III, Tabla B2). Lo explicamos en decibelios permitidos de noche.

Cómo actuar si tu vecino hace ruido en Alicante

  1. Habla con él o déjale una nota con calma. Muchas veces no sabe cuánto se oye. Tienes un modelo de carta al vecino.
  2. Anota cada molestia: fecha, hora de inicio y fin, qué se oye y en qué habitación. Un registro de varias noches pesa más que una queja suelta.
  3. Si el ruido sucede en ese momento, llama a la Policía Local (092 o 112) y pide que conste en un acta o parte de intervención. Te contamos cómo en llamar a la policía por ruido.
  4. Avisa a la comunidad. Como propietario o inquilino puedes pedir al presidente que requiera al vecino que cese (art. 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal). Mira la carta al administrador o presidente.
  5. Denuncia ante el Ayuntamiento de Alicante y pide una inspección o medición por su registro o sede electrónica. Adjunta tu registro de molestias y las actas.
  6. Si nada funciona, consulta con un abogado la vía civil. Un peritaje acústico privado suele costar desde 300 € + IVA. Repasa qué sirve como prueba y cómo denunciar.

Preguntas frecuentes

¿A qué hora empieza el horario nocturno en Alicante?

Según la Ley 7/2002 de la Generalitat Valenciana, de 22:00 a 8:00. Confírmalo con la ordenanza municipal vigente. Fuera de ese horario también hay límites: el ruido de día no es libre.

¿Cuántos decibelios se permiten de noche en un dormitorio en Alicante?

Como referencia, 30 dBA de noche y 40 dBA de día para el ruido transmitido a un dormitorio (Ley 7/2002 GV, con ordenanza municipal nueva en tramitación). Son valores que se comprueban con una medición oficial y con el procedimiento que marca la norma, no con una lectura puntual del móvil.

¿A qué teléfono llamo si hay ruido de vecinos en Alicante?

A la Policía Local: 092 o 112. El directorio municipal publica también el teléfono de la Policía Local: 965 107 200. Si hay una emergencia (una pelea, gritos de auxilio, riesgo para alguien), llama al 112.

¿Puedo usar el móvil para medir el ruido en Alicante?

Sí, para orientarte y llevar un registro de horas y molestias. Pero la medición que cuenta para una sanción la hacen los técnicos municipales o la policía con un sonómetro homologado, o un perito acústico.

Fuentes oficiales

Información general, no asesoramiento jurídico. Las ordenanzas cambian: comprueba la versión vigente en la web del Ayuntamiento de Alicante.

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